Humanidades
Síntesis Claustro Estudiantes Facultad de Humanidades
Universidad de Valparaíso
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os estudiantes de la Facultad de Humanidades de la Universidad de Valparaíso valoramos en gran manera la voluntad de cambio que vive nuestra institución, ya que hemos participado activamente denunciando, desde un principio, las divergencias entre el actual funcionamiento de la Universidad y las voluntades de quienes hoy la construyen y mantienen, y ahora, reformulando los principios que la regirán en un futuro próximo. El espíritu de la discusión que llevamos a cabo en esta oportunidad, busca recuperar la Universidad para la sociedad.
El amargo y doloroso sabor de la dictadura militar nos legó, entre muchas consecuencias, el distanciamiento con el país. Lo cual, en los consecutivos gobiernos de la Concertación, se materializó con la definitiva privatización de la Educación, asimilando a las entidades de Educación Superior más a una empresa que a un espacio de diálogo y promoción social. Todo esto plasmado en una serie de leyes y reglamentos, entre los cuales se encuentran los Estatutos Orgánicos vigentes.
Sin lugar a dudas, hay principios sociales que hoy a todos nos parecen naturales e inherentes a cualquier institución o formación social. La Democracia, la Libertad en decisiones y expresiones, el derecho a decidir, son cuestiones indiscutibles, sin embargo, colisionamos con la realidad: nuestro marco jurídico fue construido a punta de fusil, sin cuestionarse siquiera sobre estos principios, y legitima un gobierno universitario autoritario, donde el poder se concentra en un par de manos, y parece, ilusamente, repartirse entre más sujetos a través de organismos colegiados, meramente consultivos. Nuestra convicción es por la participación responsable de todos, por la democracia universitaria, por la interacción e integración con la sociedad, por un espacio de enseñanza, aprendizaje y creación, por la oportunidad de pensar nuestro país y ayudar a construirlo, porque esto no es cambiar un reglamento por otro, esto es replantearse la Universidad, replantearse la sociedad en la cual actúe esa Universidad.
Los puntos de discusión llevados a cabo en el Claustro por los Estudiantes de la Facultad de Humanidades, Universidad de Valparaíso, fueron los siguientes:
1. Misión y Visión Universidad de Valparaíso
2. Definición y Disposiciones Fundamentales
3. Estructura Orgánica
4. De los Funcionarios
5. De los Estudiantes
6. Gobierno Universitario
1. Misión y Visión Universidad de Valparaíso
La condición económica, política y social implantada en la dictadura que desoló a nuestro país, configuró las bases del sistema neoliberal que hasta hoy ordena nuestra realidad. En este contexto, la Universidad ha visto afectado no sólo su patrimonio, con su mercantilización y nueva política de financiamiento, sino también su espíritu, con nuevas definiciones y formas orgánicas. La Universidad pasó de ser un espacio abierto al país a una asociación gremial ensimismada. Es el actual escenario, al cual hemos decidido hacer frente.
Cuestionarnos sobre la misión y visión de nuestra institución es plantearnos un problema social y político de fondo. Este problema es fundamental para concretar nuestra voluntad de cambio social, ya que esta entidad debe responder a los valores y principios que inunden a nuestro pueblo. Las preguntas que surgen son cuestionamientos que ahondan más allá de la institución misma, son cuestionamientos que ponen en duda el actual orden de cosas, el modelo neoliberal, la política de financiamiento universitario, el rol social del estudiante, de los funcionarios. Es porque la Universidad cumple un rol en la sociedad, porque se la debe cuestionar y recrear, que creemos necesario plantearnos nuevos principios y valores, un proyecto de país y una nueva forma de hacer las cosas.
Por lo tanto, la Misión de la Universidad de Valparaíso es:
1.1. La Universidad de Valparaíso debe perfilarse como una corporación de educación superior, Estatal y Pública
1.2. La Universidad de Valparaíso debe forjar y mantener directa relación de solidaridad, cooperación y compromiso con la sociedad y organizaciones, en vista de un proyecto regional y nacional que genere reales transformaciones sociales en base a una línea de tolerancia, democracia, pluralismo, justicia y equidad.
1.3. La Universidad de Valparaíso debe valerse de los principios esenciales de Libertad, Democracia y Pluralismo, generando profesionales con una sólida formación humanística, crítica, ética y de responsabilidad social.
1.4. La Comunidad Universitaria de la Universidad de Valparaíso –conformada por Estudiantes, Funcionarios Académicos y Funcionarios no Académicos- así como sus Titulados deben abocar su quehacer a los principios ya enunciados de una sociedad mejor.
1.5. La Universidad de Valparaíso debe plasmar estos principios en su plan estratégico y quehacer académico.
2. Definición y Disposiciones Fundamentales
2.1. Definición de la Universidad de Valparaíso:
La Universidad de Valparaíso es una corporación de Educación superior, Estatal de Derecho Público con personalidad jurídica y patrimonio, con autonomía académica, económica y administrativa en los términos previstos por la ley
Se relaciona con el Estado a través del Ministerio de Educación.
Su representante legal es el Rector.
Es importante recalcar que en cuanto a su situación económica los Estudiantes de la Facultad de Humanidades declaran que, la Universidad de Valparaíso tiene autonomía en la preparación, aprobación y gestión de su presupuesto, así como, la administración de sus bienes que le son propios, sin desmedro de la permanente responsabilidad del Estado con sus Universidades Públicas. Lo que debe quedar plasmado en su nuevo Estatuto Orgánico.
2.2. Rol Social de la Universidad Valparaíso:
La Universidad de Valparaíso, su Comunidad Universitaria y sus Titulados deben dirigir su labor hacia la realización de un proyecto país, el cual se fundamenta a partir de un carácter regional basado en los principios ya enunciados de una sociedad mejor. Para lo cual se hace hincapié en la producción intelectual, potenciando las áreas de las artes, las humanidades, las ciencias y las tecnologías. Todo esto en vista de un plan de desarrollo institucional.
2.3. Comunidad Universitaria:
Planteamos que en el nuevo Estatuto Orgánico la Comunidad debe quedar establecida con el siguiente espíritu:
La comunidad Universitaria de la Universidad Valparaíso está constituida por Estudiantes, Funcionaros Académicos y Funcionarios no Académicos, los cuales ejercen de manera regular los quehaceres que se desprenden de su misión y funciones.
Además se consideran integrantes de la misma, a las personas, quienes por sus méritos excepcionales, se les haya otorgado pertinencia honorífica, los que poseerán los derechos que la normativa universitaria les reconozca.
Residirá en la Comunidad Universitaria la facultad de proponer y decidir respecto del funcionamiento, organización, gobierno y administración de la Institución, la que se ejercerá mediante los órganos, principios y procedimientos establecidos en el presente Estatuto.
2.4. Democratización:
Planteamos que la Universidad de Valparaíso debe reconocer la existencia de diversas organizaciones representativas de funcionarios académicos, funcionarios no académicos y estudiantes, las que deben ser oídas por las autoridades y posibilitar su participación en los órganos universitarios. Procurando un dialogo constante entre los elementos constitutivos de la Comunidad Universitaria, procurando una participación democrática.
3. Estructura Orgánica:
3.1. Autoridades:
Planteamos que la actual estructura orgánica de la universidad no responde a los intereses de la Comunidad Universitaria que busca la democratización de cada uno de sus espacios. Por tanto, creemos necesario la implantación de organismo colegiados, elegidos y compuestos democráticamente, que actúen como máximas instancias deliberantes junto con las autoridades unipersonales, también escogidas democráticamente. En consecuencia, la actual Junta Directiva no se atañe a este espíritu, por lo que los estudiantes de la Facultad de Humanidades sostienen su necesaria supresión.
3.2. Unidades Académicas:
Sostenemos que la Universidad de Valparaíso se estructura en Facultades, Institutos y Escuelas.
En cuanto a la Facultades sostenemos que, son las estructuras académicas mayores, cuyo objetivo es la coordinación de las acciones de investigación, docencia y extensión en una misma áreas o áreas a fines del conocimiento.
Por su lado, las Escuelas e Institutos son las unidades académicas básicas. Las Escuelas tienen como objetiva primordial la transmisión del conocimiento y la formación de profesionales. Los Institutos tiene como objetivo primordial la generación de nuevos conocimientos.
4. De los Funcionarios:
4.1. Funcionarios Académicos y Funcionarios no Académicos:
Planteamos una distinción entre Funcionarios Académicos y no académicos. Se entenderá por funcionarios académicos al personal docente y/o directivos de la institución adscritos a una unidad académica, que realizan labores de creación, preservación y/o transmisión de los conocimientos, en las áreas de las artes, las humanidades, las ciencias y las tecnologías. Además de aquello, sostenemos la importancia de que la selección de éstos debe ser a través de un concurso público.
Por su parte, los Funcionarios no Académicos se entiende como el personal que desempeña labores de carácter profesional, técnico, de administración o de servicios.
4.2. Nivel de participación:
En vista del actual escenario, donde en gran parte de las Facultades de la Universidad de Valparaíso, existe un alto número de trabajadores, tanto académicos como no académicos, cuya condición contractual esta regida por un contrato a honorarios, precisamos la necesidad de suprimir las distinciones por situación contractual, pudiendo los trabajadores a honorarios participar de la democratización universitaria.
4.3. Organización de los Funcionarios:
Creemos necesario la existencia de un compromiso institucional por la aceptación, fortalecimiento, respeto e incentivo de la organización de los funcionarios de la Universidad de Valparaíso.
5. De los Estudiantes:
5.1. Definición:
Son estudiantes quienes han formalizado su matricula en carreas y programas académicos regulares y sistemática y cumplen los requisitos establecidos por la Universidad para su ingreso, permanencia y promoción.
5.2. Derechos y Deberes:
5.2.1. Derechos:
· Ser parte del Gobierno Universitario
· Derecho a participar democráticamente en cada una de las instancias universitarias. Tanto en la elección de autoridades como en la participación con voz y voto en los organismo colegiados.
· Derecho a crear pautas de evaluación docente en conjunto con los académicos.
5.2.2. Deberes
· Cumplir cabalmente su rol dentro del Gobierno Universitario
· El Estudiante debe cumplir un rol activo en la construcción de la Universidad en tanto espacio académico como en un constante diálogo con la sociedad.
· Potenciar la reproducción y producción de conocimientos, como la materialización de los principios ya enunciados para un cambio social.
5.3. De los Titulados:
Planteamos que los titulados de las carreras impartidas por la Universidad de Valparaíso deben mantener una relación de tipo académico con esta Institución, así como con sus respectivas unidades, de tal manera de propender al desarrollo y mejoramiento tanto de la Universidad de cual fueron parte, como en el proyecto de construcción social que se infiere de este claustro. Es por ello, que la Universidad de Valparaíso a través de sus autoridades debe procurar un plan estratégico que contemple la incorporación a través de trabajos de investigación de variada índole, como así el ingreso al cuerpo docente a través de concursos públicos.
Sin embargo, los titulados no son considerados, por este claustro, como un cuarto estamento, por lo cual su ingreso al gobierno universitario dependerá, en un futuro, de su integración al estamento de Funcionarios Académicos o de Funcionarios no Académicos.
6. Gobierno Universitario.
Consideramos que la estructura orgánica de la universidad debe responder a las funciones que le son características. Por lo mismo es que se requiere la participación de aquellos sectores que permiten el funcionamiento de la universidad, de la manera y grado que sus funciones lo requieran en los organismos de la universidad en todos sus niveles. Por esto es que la estructura del gobierno universitario se debe abrir a la incorporación de la comunidad universitaria a los espacios deliberativos de la universidad. En este sentido es importante la implementación Consejos Triestamentales que se constituyan como autoridades colegiadas que tengan la competencia de legislar en función de la misión y visión de la universidad.
Los Consejos Triestamentales tienen como finalidad una redefinición profunda en el ámbito de los derechos y deberes políticos poseídos tradicionalmente por los distintos estamentos miembros de la comunidad universitaria.
Los Consejos Triestamentales implican una ampliación en el número de agentes que intervienen en el proceso de gobierno; estudiantes y funcionarios, hasta hoy despojados de derechos y deberes plenos, se incorporan en espacios de legislación y dirección, y por lo tanto de discusión y decisión. De esta forma cada estamento se reconoce como sujeto político y social independiente, con voz y acción propia.
Los Consejos Triestamentales implican un cambio de las relaciones existentes entre los estamentos universitarios, y más puntualmente entre los agentes políticos que participan en cada uno de ellos. En conclusión, se redefine el Modo de Legislar en la Universidad, el Modo de Producir Gobierno y Gobernabilidad, la forma de en que se produce la Discusión Universitaria y la manera de Decidir los pasos a seguir en la Universidad
6.1 Separación de poderes.
Es necesario que en la configuración del Gobierno Universitario exista la separación estructural de poder ejecutivo y legislativo. Esta articulación nos conduce a nuevas prácticas universitarias destinadas a generar mayor eficiencia y eficacia en la labor y el cumplimiento de la misión universitaria
6.2 Consejos triestamentales
Los Consejos Triestamentales deben constituirse a nivel de escuelas, facultades y Universidad, manteniendo la ponderación determinada en todos los niveles académicos.
6.3 Ampliación de las funciones y atribuciones de los cuerpos colegiados.
La potestad normativa debe recaer sobre organismos representativos de la función universitaria, de esta forma consideramos que deben ser tareas propias de los Consejos Triestamentales, en tanto organismos colegiados, legislar en función de la misión universitaria, en la organización de la corporación y en